Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0762/2012-CA
Fecha: 18-Sep-2012
I.3. Petición
El recurrente solicita se admita y se declare fundado el recurso directo de nulidad, “…se disponga la suspensión de competencia de las autoridades y ex autoridades recurridas en el caso concreto…”, se declare la nulidad del Auto Supremo 103/2011 de 7 de abril; decreto de 6 de marzo de 2012; y, Auto Supremo 156/2012 de 28 de mayo, se remitan antecedentes al Ministerio Público para el procesamiento penal conforme lo dispone el art. 148.2 del Código Procesal Constitucional 8(CPCo).