SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0987/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0987/2012

Fecha: 05-Sep-2012

concedió

La Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Tarija, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 08/2010 de 26 de agosto, cursante de fs. 31 vta. a 33 vta., concedió la tutela solicitada y, en consecuencia, declaró ilegal la omisión de obtención de respuesta formal y pronta, ordenando a los demandados a que en el plazo de cuarenta y ocho horas hagan efectiva una respuesta y expidan a favor del peticionante las fotocopias legalizadas solicitadas, en mérito a los siguientes fundamentos: i) Se ha constatado la vulneración del derecho al debido proceso, por cuanto no se hizo efectiva la extensión de fotocopias legalizadas del proceso disciplinario administrativo; ii) Se han quebrantado los arts. 24, 115 y 119.II de la CPE, pues no podría asumirse como fundamento válido alegar que el demandante no volvió a insistir en su pedido y menos que se tenga que esperar a la constitución de una nueva asamblea; y, iii) Respecto a la falta de legitimación pasiva de Rolando Navarro Martínez, dicho argumento no es cierto, por cuanto se trata de la máxima autoridad de la Cooperativa mencionada.