SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1039/2012
Fecha: 05-Sep-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Fue contratada por Pro Mujer el 9 de noviembre de 2009, para desempeñar funciones de cajera, en la cláusula cuarta del contrato señala que la vigencia es indefinida y no se consignó el periodo de prueba; sin embargo, el 5 de febrero de 2010, la Jefa de Recursos Humanos le hizo conocer de su destitución, porque supuestamente no habría aprobado el plazo de prueba; pero al parecer se enteró que estaba en estado de gravidez, ya que la prueba se la hizo practicar en la misma institución; hecho ante el cual acudió a la Dirección Departamental del Trabajo, realizándose las tres citaciones correspondientes y la institución no se presentó, por lo que la indicada Dirección emitió la Resolución Administrativa (RA) 019/2010 de 1 de abril, disponiendo que se reincorpore a su fuente laboral, notificándose con dicho documento a la parte patronal.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- concedió
- Fragmento 4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2.Derecho a la inamovilidad de la mujer embarazada
- la inamovilidad en su puesto de trabajo de la mujer en período de gestación hasta un año de nacido el hijo, y abarca tanto a las empleadas del sector privado sujetas a la Ley General del Trabajo como a las funcionarias o servidoras públicas, sin exclusión, sean con contratos permanentes o eventuales porque el sentido de la norma es la protección de la maternidad por
- III.3.Derecho a la vida y a la salud de la mujer embarazada
- III.4.Derecho al trabajo y la inamovilidad laboral de la mujer en estado de gestación
- III.5.Análisis del caso concreto
- APROBAR