SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1047/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1047/2012

Fecha: 05-Sep-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el mes de enero de 2010, los ahora demandados en concomitancia de otras personas desconocidas ingresaron de forma violenta a la propiedad de sus representados que cuenta con una superficie de “97.8380 hectáreas de terreno ubicadas en la provincia Obispo Santiestevan, denominada Monte de Víbora o Tacuarendi, los mismos que se encuentran inscritos en las oficinas de Derechos Reales, bajo la matrícula computarizada No.- 7100000000262, Asiento A-1” (sic), utilizando armas de fuego, machetes y garrotes, desalojando a los cuidantes y destruyendo el alambrado de la propiedad privada, no contentos con ello se destruyó el sembradío de caña que se encontraba en producción en una superficie de 50 ha, mientras que el sembradío de arroz de 15 ha fueron cosechados por estas personas y llevándoselo como si fueran de su propiedad e inclusive ofreciendo a la venta al mejor postor los terrenos avasallados.

Estos delitos fueron denunciados ante la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de Montero, para evitar mayores perjuicios, quienes poco o nada hicieron por la cantidad de personas asentadas que se denominaron “grupo sin tierra” que manifestaron que estarían dispuestos a morir o matar antes de desocupar dichos terrenos; empero, fueron desalojados con la fuerza pública.

El 30 de enero del citado año, nuevamente volvieron, haciendo caso omiso a las autoridades del lugar y a mediados del mes de febrero del referido año, se masificaron, encontrándose hasta la fecha en posesión de los terrenos reclamados y según arguye la parte accionante “no ha habido poder humano que los haga desalojar” (sic).