SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1059/2012
Fecha: 05-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que se vulneraron sus derechos, al trabajo y al empleo, señalando que, la UNIBOL Quechua “Casimiro Huanca”, lanzó una convocatoria pública para ocupar los cargos de directores de diferentes carreras, es así que postuló al cargo de Director de la Carrera de Agronomía Tropical, pasando las dos fases de calificación, logró obtener el puntaje mas alto por lo que solicitó al Rector de la señalada Universidad le extienda el memorándum de designación como Director de la Carrera antes señalada, pero no recibiendo respuesta alguna, se dirigió ante la Junta Universitaria y la Junta Comunitaria de la UNIBOL Quechua “Casimiro Huanca” para que éstas ordenen al Rector emita el referido memorándum de designación, pero hasta la fecha de interposición de esta acción, no obtuvo respuesta alguna y posteriormente la encargada de la convocatoria pública, emitió Resolución Administrativa declarándola desierta del proceso de contratación de apoyo nacional a la producción y empleo, sólo en el caso del Director de Carrera de Agronomía Tropical. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- “improbada”
- Fragmento 4
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR