SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1119/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1119/2012

Fecha: 06-Sep-2012

concedió

La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, pronunció la Resolución 25de 10 de marzo de 2010, cursante de fs. 74a 77,mediante la cual concedióla acción y en consecuencia dispuso:1)La inmediatadesocupación de los terrenosarbitrariamente ocupados por los demandados y otras personas, debiendo librarse mandamiento de desapoderamiento, a ejecutarse por el Oficial de Diligencias y con el auxilio de la fuerza pública;2) La autoridad policial deberá garantizar la efectividad del desapoderamiento por quince días, evitando que los avasalladores vuelvan a ocupar el terreno, con “responsabilidad a calificarse después por el Tribunal Constitucional”. En base a los siguientes fundamentos: i)En aplicación a la jurisprudencia constitucional que tiene carácter vinculante, cuando tiene analogía de supuestos fácticos, debe ser tomada en cuenta la jurisprudencia relacionada a casos similares, sobre el particular refiere que: El accionante acredito su derecho propietario, con documentación idónea a su nombre, cumpliendo con uno de los requisitos;ii)El derecho de propiedad, que no esté cuestionado legalmente, requisito que también cumplió; iii) Del muestrario fotográfico se evidencia  que los demandados tomaron posesión de manera arbitraria y violenta, requisito demostrado con las fotografías que se adjuntaron; y, iv) El recurso ha sido planteado oportunamente dentro de los seis meses de ocurrido el incidente que vulnera el derecho de propiedad de Alex Ludwing José Roempler Cuellar.