SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1157/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1157/2012

Fecha: 06-Sep-2012

III.3. Análisis del caso concreto

Los accionantes denuncian que las medidas de hecho que asumió Erasmo Alpiry Ardaya, al haber invadido su propiedad violentamente acompañado de otras personas, quienes hicieron destrozos de la alambrada, instalaron carpas y se posesionaron en el lugar, amedrentando a los vecinos e impidiendo el paso de los mismos, vulneraron sus derechos a la propiedad privada, a ejercer el comercio y a la libre locomoción.

Asimismo, el demandado por su parte arguye tener el derecho propietario sobre ese predio; toda vez que, presentó testimonios, certificados de catastro, folio real y otros documentos que acreditan su derecho propietario sobre el bien inmueble en cuestión; en ese sentido, existen derechos controvertidos respecto de la propiedad ubicada en el cantón Paurito, provincia Andres Ibañez del departamento de Santa      Cruz; pues existen documentos inscritos en DD.RR. que por una parte reconocen el derecho a los accionantes Carlos Alberto Terrazas Cortéz y Erika Balcázar de Terrazas y por otra, del demandado Carlos Alpiry    Ardaya; en consecuencia, la dilucidación de esta problemática no corresponde a la jurisdicción constitucional, puesto que la misma se encuentra reservada a garantizar el respeto y vigencia de los derechos fundamentales, sino a la justicia ordinaria, a objeto de que sea esta vía la que determine el derecho propietario conforme a ley.

Por consiguiente, es importante señalar que los aspectos controvertidos entre los accionantes y el demandado, corresponde su conocimiento a la jurisdicción ordinaria, conforme a la jurisprudencia señalada en el Fundamento Jurídico III.2., en razón a que este Tribunal Constitucional Plurinacional no puede ingresar a analizar y menos aún pronunciarse sobre los hechos porque carece de competencia.