SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1180/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1180/2012

Fecha: 06-Sep-2012

i)

El abogado de los demandados señaló: i) Los miembros de la Sala de Casación y Única Instancia del mencionado Tribunal, carecen de legitimación pasiva para ser demandados en esta acción de libertad, por cuanto como lo reconoce el accionante los que han dictado sentencia en su contra y expedido el mandamiento de condena no son ellos, pues únicamente rechazaron la revisión extraordinaria de sentencia, y se han violado los derechos del condenado ha sido por negligencia de los abogados que lo han asistido; ii) El accionante, interpuso una anterior acción de libertad por los mismos hechos que fue denegada por el Juzgado Primero de Sentencia Penal y ahora también ha planteado esta acción con los mismos fundamentos. Por otra parte, señaló que existe un requerimiento del auditor, y que se lo debe cumplir, lo que no es evidente teniendo en cuenta que solo es una sugerencia y de ninguna manera los miembros de la Sala de Casación deben cumplirlo, a lo que agrega que los demandados no conocieron el fondo del proceso penal porque no asumieron conocimiento del mismo; y, iii) Finalmente, no es evidente que se encuentre indebidamente detenido, ya que ello es resultado de un proceso que se ha seguido en su contra, con sentencia que se encuentra ejecutoriada y en cumplimiento de un mandamiento de condena.