SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1224/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1224/2012

Fecha: 06-Sep-2012

denegó

La Jueza Segunda de Sentencia Penal del departamento de Oruro, constituida en Jueza de garantías, dictó la Resolución 004/2012 de 11 de julio, cursante de fs. 31 a 33, por la que denegó la tutela, con los siguientes fundamentos: 1) La Norma Suprema protege y garantiza el derecho a la vida, sin embargo, la acción de libertad, no se debe interpretar literalmente sin análisis de la doctrina y su naturaleza jurídica, acorde a las líneas del Tribunal Constitucional Plurinacional; 2) La SC 1499/2011-R de 11 de octubre, indica que la vida y la libertad son derechos supremos que están resguardados o tutelados por los Tratados Internacionales y por la misma Constitución, sujeto a las normativas mencionadas, pues esta acción está vinculada a la restricción al derecho a la libertad, sea física o de locomoción. Igualmente la SC 0011/2010-R de 6 de abril, refiere sobre el derecho a la libertad física o humana que tiene vinculación al derecho a la vida, siempre y cuando, por este defecto, la vida del accionante esté en peligro; 3) El accionante como abogado y víctima, si bien en el relato fáctico de los hechos advierte que por los actos del denunciado se hubiera puesto en peligro su vida; empero, ésta no se encuentra vinculada a una vulneración a su derecho a la libertad, misma que no fue transgredida al estar gozando plenamente de este derecho; y, 4) Si bien la Constitución amplía la protección de esta acción al derecho a la vida, de acuerdo a la línea jurisprudencial del Tribunal Constitucional Plurinacional, ésta debe ser colorario o a consecuencia de una privación de libertad, del derecho a la locomoción o por una indebida persecución ilegal.