Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1230/2012
Fecha: 07-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que se vulneraron los derechos a la libertad, a la “seguridad jurídica”, y al debido proceso de su representado, quien se encuentra detenido ilegal e indebidamente en el penal de Palmasola, debido a que han transcurrido diecisiete meses desde su detención sin que el Ministerio Público emita requerimiento conclusivo, ante lo que solicitó extinción de la acción penal, pero no fue resuelta por la Jueza ahora demandada a pesar de haber transcurrido más de nueve días hasta el momento de la presentación de esta acción de libertad. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 7
- de tal manera que su uso debe ser mesurado, evitando activarla de forma reiterada, más aún si se trata de los mismos accionantes, contra las mismas autoridades demandadas y con iguales fundamentos;
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1º APROBAR