SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1398/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1398/2012

Fecha: 19-Sep-2012

II.1.

II.1.  El Testimonio de Poder 0709/2010 de fecha 10 de agosto de 2010, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública 59, mediante el que confieren, Isabel Rodríguez Justiniano, Aurelia Rodríguez Justiniano, Teófila Rodríguez Justiniano, a favor de Jesús Herland Burgos Pedraza, dándole las facultades para que: “Se apersone ante las oficinas de la “AFP Futuro de Bolivia S.A.”, a objeto de recoger el pago de la masa hereditaria que les corresponde a percibir a la muerte de su hermano Gregorio Rodríguez Justiniano, sea ante las instituciones financieras respectivas, (Bancos, Mutuales, Fondos Financieros y/o Cooperativas), a tal efecto sus incidencias y emergencias, le confiere las facultades de ley y las especiales de presentar solicitudes, cartas, escritos, memoriales y certificados, fotocopias simples y/o legalizadas, recibir dineros en efectivo, y/o en cheques, boletas de pago, cobrar los mismos donde correspondan, depositarlos, endosarlos, firmar, solicitar y extender recibos, firmar planillas, comprobantes, formularios, presentar certificaciones, hacer observaciones, formular reclamos, quejas, en suma realizar cuantos actos, tramites, gestiones y diligencias que sean necesarias y conducentes para el buen éxito del presente mandato, sin que por falta de cláusula expresa sea tachado de insuficiente, deje surtir sus efectos legales o se le niegue personería al apoderado” (sic) (fs.4 y vta.).