Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1445/2012
Fecha: 24-Sep-2012
1)
1) Se notificó al menor para que preste su declaración el 25 de noviembre de 2010, y al no hacerse presente, se dispuso su aprehensión el 1 de febrero de 2011, llevando adelante la audiencia de consideración de medida cautelar, en la que se impuso la detención preventiva, respecto de la cual la defensa tenía la posibilidad de apelar esa decisión, no habiéndose agotado esa vía, la presente acción tutelar es impertinente por subsidiariedad; y, 2) Los funcionarios policiales sólo cumplieron con su labor acatando una orden de aprehensión emitida por autoridad competente. Por lo que solicitó se deniegue la acción.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos, principios y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades y funcionarios policiales demandados
- 1)
- denegó
- i)
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.2. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, no es aplicable en el caso de menores de edad
- III.3. Falta de prueba en acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR