Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0014/2013-RCA
Fecha: 30-Ene-2013
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a la jurisdicción y competencia que le confiere el 30.III del Código Procesal Constitucional, en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 18 de diciembre de 2012, cursante de fs. 198 a 199, pronunciada por el Juez Segundo de Partido de Familia de la Niñez y Adolescencia de Quillacollo de la Departamental de Cochabamba, que RECHAZÓ la acción de amparo constitucional interpuesta por Tania Ruth y Marlene Grabiel Nava.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- rechazo in limine
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- es perfectamente posible el planteamiento del incidente de nulidad en ejecución de sentencia buscando la reparación de un proceso ilegal por vulneración de derechos y garantías, y de ningún modo ello puede ser considerado como una situación en la que el juez esté revisando su propia actuación
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR