Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2013
Fecha: 03-Ene-2013
II.5.
II.5. El 2 de junio de 1997, Walter Vásquez Camacho, ante el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal prestó su declaración confesoria, en el mismo acto dicha autoridad le advirtió del plazo de tres días para que pueda apelar el Auto de enjuiciamiento, así como del ofrecimiento de sus testigos de descargo (fs. 66 a 67 y vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1. Fundamentos de hecho que motivan la acción
- I.2.Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concede
- II.5.
- II.9.
- II.10.
- 1)
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. De la acción de amparo constitucional y su exclusivo carácter tutelar
- III.3. Sobre la calidad de la cosa juzgada
- debido proceso, a la defensa
- III.5. Del análisis de caso concreto
- REVOCAR