Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2013
Fecha: 03-Ene-2013
a)
De acuerdo a lo expuesto, Deyma Mariscal Pinto interpuso acción de amparo constitucional contra Mario Ignacio Anglarill Serrate, Gerente General de la Empresa Granja Avícola Integral Sofía Ltda., Regional Santa Cruz, solicitando se disponga: a) Su reincorporación a su puesto de trabajo que ocupaba al momento de su “despido” (sic); y, b) La cancelación de sueldos devengados, además de costas por daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2.Respecto a la reincorporación dispuesta por el Ministerio de Trabajo, Previsión y Empleo
- III.2.1.Jurisprudencia
- Fragmento 13
- III.3.1. El derecho a la estabilidad laboral reforzada de las personas con capacidades diferentes
- El Estado Plurinacional de Bolivia garantizará la inamovilidad laboral a las personas con discapacidad, cónyuges, padres, madres y/o tutores de hijos con discapacidad, siempre y cuando cumplan con la normativa vigente y no existan causales que justifiquen debidamente su despido
- III.3.2. Jurisprudencia
- De acuerdo a las características del caso concreto, corresponde insistir que se tiene estipulado que el derecho fundamental a la inamovilidad funcionaria de personas que tengan bajo su dependencia individuos con discapacidad -en primer grado en línea directa y hasta el segundo grado en línea colateral-, importa una protección constitucional reforzada para obtener y conservar una fuente de trabajo, a modo de prever una eventual ruptura de la relación laboral que afecte al discapacitado en los beneficios que le asisten.
- ámbito de protección que se amplía a los padres o tutores que tengan bajo su dependencia a 'personas con discapacidad';
- III.4.Análisis del caso concreto
- y a los padres o tutores que los tengan bajo su dependencia
- CONFIRMAR