SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2013

Fecha: 03-Ene-2013

III.2.Respecto a la reincorporación dispuesta por el Ministerio de Trabajo, Previsión y Empleo

El Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de su jurisprudencia ha señalado que tanto el trabajador como el empleador, podrán impugnar en sede administrativa, la conminatoria o resolución de la Jefatura Departamental del Trabajo, Previsión y Empleo, permitiendo a ambas partes el acceso a una segunda instancia, garantizándose de ésta manera el respeto por el debido proceso, sin que este hecho impida el acudir a la impugnación de carácter judicial, en virtud de lo cual, si alguna autoridad o empleador no se hallan de acuerdo con las medidas asumidas por las Jefaturas Departamentales del Trabajo, Empleo y Previsión Social, puedan refutar las mismas, en procura de obtener una decisión respecto al fondo de la problemática planteada, aspecto no inherente al ámbito protegido por la jurisdicción constitucional.