Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2013
Fecha: 11-Ene-2013
I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Por Auto 0701/2012-CA de 10 de agosto, cursante de fs. 140 a 145, la Comisión de Admisión de este Tribunal revocó la Resolución 213/09 de 17 de septiembre de 2009, y admitió la acción formulada por Orlando Parada Vaca, ordenando que se ponga en conocimiento del personero legal del órgano emisor de la norma impugnada, acto que fue cumplido con la ejecución de las notificaciones a Álvaro Marcelo García Linera, Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, el 7 de noviembre de 2012 (fs. 242).
- recurso indirecto de inconstitucionalidad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Trámite procesal del incidente y resolución de la audiencia administrativa
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.4. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Exordio al matrimonio en el régimen constitucional
- III.2.