Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional Plurinacional: 1289/2012 de 21 de enero
Fecha: 21-Ene-2013
en lo pertinente al elemento competencia de la garantía del juez natural que debe ser protegido por el recurso directo de nulidad
Por lo expuesto, se colige que solamente debe modularse la SC 0585/2005-R, y todas aquellas que tengan el mismo entendimiento, en lo pertinente al elemento competencia de la garantía del juez natural que debe ser protegido por el recurso directo de nulidad de acuerdo a las condiciones expuestas en los Fundamentos Jurídicos III.5 y III.6 de la presente Sentencia, con la aclaración de que el acto administrativo o jurisdiccional tachado de incompetente debe ser de carácter definitivo; es decir, que se deben agotar previamente los mecanismos internos efectivos para la restitución de la garantía de competencia.
- Partes: Alejandra Isaguirre Ocampo
- INFUNDADO
- II.1. De la vulneración al debido proceso y su componente al juez natural.
- en lo pertinente al elemento competencia de la garantía del juez natural que debe ser protegido por el recurso directo de nulidad
- no condice con la naturaleza del recurso directo de nulidad
- Por lo expuesto, corresponde unificar al juez natural y su tutela a través de la acción de amparo constitucional de forma que en los procesos judiciales y administrativos todo acto sin competencia o jurisdicción que puedan afectar al juez competente como elemento del juez natural debe tutelarse por los recursos ordinarios previstos por el legislador y agotados los mismos, siempre y cuando exista vulneración a derechos y garantías mediante acción de amparo constitucional y no por el recurso directo de nulidad, lo contrario afectaría las competencias naturales de los jueces y autoridades naturales competentes entendimiento que por el principio pro actione y de favorabilidad deberá aplicarse a los casos en tramitación
- sino que tienen validez plena en el tiempo
- IMPROCEDENCIA