Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0222/2013-RCA
Fecha: 04-Oct-2013
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por art. 30.III del Código Procesal Constitucional, en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución 16/2013 de 4 de septiembre, cursante de fs. 83 a 84 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituida en Tribunal de garantías.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2.
- I.3. Petitorio
- improcedente
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.2. Improcedencia de la acción de amparo cuando el acto reclamado está íntimamente vinculado a la libertad
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- CONFIRMAR