Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0222/2013-RCA
Fecha: 04-Oct-2013
II.2. Improcedencia de la acción de amparo cuando el acto reclamado está íntimamente vinculado a la libertad
El Tribunal Constitucional Plurinacional por AC 0126/2012-RCA de 15 de agosto, señaló: “…jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional mediante SC 0404/2010-R de 28 de junio de 2010 ha establecido `…las SSCC 880/00-R, 1413/2002-R, 825/2003-R, entre otras, han señalado que “a fin de precautelar el ámbito claro de aplicación de los Recursos Constitucionales consagrados por los artículos 18 y 19 de la Constitución Política del Estado (CPE), no corresponde el análisis de fondo de la problemática planteada por medio del amparo, cuando a través de él se busca la protección de la libertad, al encontrarse este derecho fundamental tutelado por el recurso de hábeas corpus´”.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2.
- I.3. Petitorio
- improcedente
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.2. Improcedencia de la acción de amparo cuando el acto reclamado está íntimamente vinculado a la libertad
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- CONFIRMAR