AUTO CONSTITUCIONAL 0224/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0224/2013-RCA

Fecha: 04-Oct-2013

II.2.

En el caso de autos, las accionantes señalan que dentro del proceso de jubilación, las autoridades accionadas presuntamente vulneraron sus derechos y garantías a una vida digna, a la integridad física, al agua, a la alimentación, a la salud, a la no discriminación, a la equidad, a la solidaridad, a la seguridad social, a los beneficios sociales, a la jubilación, a la indemnización, reparación y resarcimiento de daños, a la jerarquía normativa y a la protección oportuna y efectiva por los jueces y tribunales, establecidos en los arts. 13.I y II; 14.I y II; 15.I y II; 16.I, 18.I 45.I, II y IV, 48.I y II; 109.I y II; 110.I y II; 113; 115.I; y 410.II de la CPE, al impedirles percibir los beneficios sociales que les corresponden, resultado del ejercicio de funciones como efectivos activos de las Fuerzas Armadas, tras cumplir el periodo de treinta y cinco años de servicio, entre licencias y permisos, razón por la cual interpusieron la presente acción, pidiendo que se deje sin efecto el factor continuo, previsto en el DS 25620.