Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0401/2013-CA
Fecha: 07-Oct-2013
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo dispuesto por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional, resuelve: RATIFICAR la Resolución AN/GRLPZ-LAPLI/79/2013 de 17 de abril, cursante a fs. 3, pronunciada por el Administrador de Aduana Interior a.i. de la Gerencia Regional de La Paz de la Aduana Nacional de Bolivia, que declaró “no ha lugar” la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por Kainer Silvestre Melgar Clavel.
- Administrador de Aduana Interior a.i. de la Gerencia Regional de La Paz de la Aduana Nacional de Bolivia,
- Parte de Recepción de DAB No 201 2012 574809-KLUSA53-12B, de fecha 07/12/2012
- “no ha lugar”
- I.4. Trámite procesal
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR