Fragmento 9
A ese efecto, de la revisión de los fundamentos expuestos en la SCP 0193/2013-L de 8 de abril, se tiene que se impugno la falta de fundamentación del Auto de Vista de 1 de noviembre de 2010, que confirmo el Auto de 8 de agosto del mismo año; por otro lado, examinando la SCP 044/2013-L de 5 de junio, se tiene que se impugnó el Auto de Vista de 20 de noviembre de 2010. La relación efectuada, nos hace colegir de manera indubitable que no se tratan de los mismos actos lesivos, que ya hubieran sido resueltos en las dos anteriores acciones de amparo constitucional, sino que se trata de nuevos elementos presuntamente lesivos, como serian los Autos de Vista de 3 de febrero y 4 de marzo de 2011, los que hubieron omitido -a decir de la demanda- pronunciarse sobre todos los agravios expuestos en diferentes apelaciones.
