Tercero.-
Tercero.- Como se afirmo precedentemente, si bien existe consenso en denegar tutela; empero, conforme al Fundamento Jurídico expuesto, en el presente Voto Aclaratorio, correspondía examinar y analizar si la demanda constitucional cumplía con los requisitos de contenido, que uniforma a toda acción de amparo, A ese efecto, se tiene que la demanda carece de una exposición clara de los hechos lesivos, pues se limita a realizar una reseña de todo el proceso civil ejecutivo desde la gestión 2006, mas no indica ni precisa de que manera tales hechos vulneran los derechos citados, lo que convierte a la demanda en confusa, lo que por consiguiente, conlleva a una ausencia de relación de causalidad, que debe existir entre los hechos y los derechos presuntamente vulnerados.
