SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1171/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1171/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 38/13 de 6 de junio de 2013, cursante de fs. 320 a 322 vta., denegó la tutela solicitada, sin el pago de costas por ser excusable. Con los siguientes argumentos: 1) Al no hacerse presentes en la audiencia el accionante y los interesados, no se escuchó ninguna ampliación ni fundamentación oral, limitándose el Tribunal a analizar de forma íntegra el contenido del memorial de la referida acción; 2) Del informe que señala la autoridad demandada donde hace referencia a que los accionantes se habrían acogido ante la invitación pertinente de las autoridades de entonces al retiro voluntario de jubilación, extremo que cursa en obrados en fotocopia legalizada, donde todos los accionantes prácticamente estarían suscribiendo la admisión al retiro voluntario de jubilación; 3) En el caso de que los interesados se acogen a ese retiro, debió ser aplicado en el sentido de lo exigido por los instrumentos legales señalados en el Reglamento de la CNS; y, 4) Que ante la inasistencia de alguna otra fundamentación en la audiencia, el Tribunal de garantías, estableció que efectivamente se ha demostrado que fue una decisión o actitud motivada frente a una invitación a que la parte interesada haya admitido y aceptado el retiro voluntario de jubilación, no correspondiendo de esa forma el pago de desahucio alguno, el cual habría sido reclamado por la parte accionante.