Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional Plurinacional 1228/2013-L
Fecha: 08-Oct-2013
II.1.
II.1. Corre el Auto de 25 de febrero de 2011, emitido por el Juez demandado, por el cual, admitió la querella, señaló audiencia de conciliación y dispuso: "notifíquese con la querella y/o Acusación Particular a los imputados (...) y se les advierte que tiene el término de tres días posteriores a su notificación, para plantear la objeción a la querella..." (sic) (fs. 6).
- Partes:
- I.1. Procedimiento por delitos de acción privada
- II. ANTECEDENTES
- II.1.
- III. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES PERTIENENTES DEL ANALISIS DEL CASO CONCRETO DE LA SCP 1228/2013-L, QUE RESULTAN CONTRARIAS A LA JURISPRUDENCIA
- se infiere que la accionante pudo presentar la objeción a la querella dentro del plazo señalado, en forma posterior a la admisión de la querella y dado que si bien no se siguió un orden específico;
- el traslado de la querella dispuesta de manera simultánea a la admisión por el Juez de la causa- en el presente caso, no adquiere relevancia
- IV. CONCLUSIÓN DEL CASO EN ANÁLISIS