SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1750/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1750/2013

Fecha: 21-Oct-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Johnny Wilber Prada Uribe por la presunta comisión de los delitos de estafa y estelionato a instancia de Rómulo Estivariz Monje, el 30 de abril de 2013, el ahora accionante fue aprehendido y conducido a dependencias de la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC) ubicado en la zona Sur de La Paz, donde le tomaron su declaración informativa a horas 15:00 de ese mismo día; según el accionante, después de dicho acto, la Fiscal ahora demandada debió ordenar su libertad conforme dispone la    “SC 0884/2004-R” (sic); pese a ello, sin que concurran los requisitos exigidos por el art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP), ordenó su aprehensión y lo remitió al Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, estando de turno por el feriado, señaló audiencia de medidas cautelares para el 2 del indicado mes y año a horas 10:40; sin embargo, siendo un día hábil, la nombrada autoridad debió remitir la causa al juez natural, en este caso al Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, a pesar de ello, dictó la Resolución 254/2013 de 2 de mayo, ordenando la detención preventiva del imputado, usurpando funciones de su similar.

Finalmente señala que habiendo apelado la Resolución 254/2013, la misma fue desestimada, por haber formulado fuera del plazo procesal; pero, la alzada no sólo estaba formulada contra la medida cautelar sino contra un incidente de actividad procesal defectuosa, con dicho rechazo le impidieron acudir al Tribunal de apelación.