SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1869/2013
Fecha: 29-Oct-2013
II.9.
II.9. El 30 de mayo de 2013, Néstor Salva, arguyendo motivos de salud y adjuntando al efecto en calidad de prueba, boleto de viaje emitido por la línea sindical de transporte terrestre Turismo URUS, solicita se postergue la audiencia programada para el 31 del mismo mes y año, recibiendo por respuesta, decreto de 31 del mes y año citados, por el cual el representante del Ministerio Público, atendiendo la petición, instruye al efectivo policial asignado al caso, verificar en los registros de la mencionada línea de transporte si el impetrante evidentemente viajó, habiendo éste último, emitido informe el 4 de junio del citado año manifestando que el sindicado no figura en la lista de pasajeros del bus de 30 de mayo de 2013, adjuntando al efecto certificación y planilla de pasajeros, emitidos por la empresa URUS (fs. 113 a 122).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- preventivo:
- subsidiariedad
- es imperioso que las controversias que podrían conllevar a suscitar una acción constitucional, previamente sean resueltas y respondidas en las instancias establecidas en nuestro ordenamiento jurídico
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR