Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0261/2013-RCA
Fecha: 08-Nov-2013
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante estima vulnerados sus derechos a ejercer la función pública, al trabajo, a recibir una remuneración justa y al debido proceso, citando al efecto los arts. 26.I, 28, 46.II, 117 y 144.2 de la Constitución Política del Estado (CPE); 21.2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 25 inc. b) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), y 23 del Pacto de San José de Costa Rica.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- conceda
- improcedencia “in limine”
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre el recurso de reconsideración
- II.3. Análisis de la Resolución enviada en revisión
- II.3.1. En cuanto a los requisitos de contenido establecidos por el art. 33.1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del CPCo