AUTO CONSTITUCIONAL 0268/2013-RCA
Fecha: 28-Nov-2013
II.3.1. Del cumplimiento de requisitos de admisibilidad (art. 33 del CPCo)
Consta en obrados que, el representante legal de la accionante señaló sus generales de ley, acreditando su personería mediante Testimonios 532/2013 de 1 de noviembre (fs. 2 y vta.) y 538/2013 de 8 de noviembre (fs. 63 y vta.); asimismo, identificó las autoridades judiciales accionadas y el lugar donde pueden ser notificados (fs. 58), también se advierte que se encuentra patrocinado por Kevin Danny Vásquez Piñas y Saddy Peter Ugarte Calizaya, profesionales abogados, expusó los hechos que sirven de fundamento en la interposición de la acción de amparo constitucional.
En ese sentido, se explicó de manera razonada el vínculo causal entre los hechos descritos, con relación a los derechos considerados como infringidos, su derecho y garantía al debido proceso, contenido en los arts. 115.II y 117.I de la CPE, existiendo así relación con los actos denunciados de ilegales. Por otro lado, adjuntó copias simples y originales de la documentación en que funda su demanda (fs. 1 a 71).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.3. Petitorio
- b)
- c)
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- ha enunciado ciertas causales de improcedencia, entre las que se encuentra el consentimiento libre y expreso del acto ilegal u omisión indebida supuestamente lesivo de derechos y garantías fundamentales.
- Bajo dicho entendimiento el consentimiento libre y expreso supone la acción voluntaria de la persona de someterse al acto considerado lesivo, sin objetarlo, tomando una actitud pasiva frente al mismo, o en su caso, realizando acciones que no tienden a restablecer el acto considerado lesivo
- los que pueden ser expresos, cuando se aceptó fehaciente o tácito el acto ilegal o la omisión indebida, dejando transcurrir el plazo que se tiene para impugnar,
- II.3.
- II.3.1. Del cumplimiento de requisitos de admisibilidad (art. 33 del CPCo)