Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0447/2013-CA
Fecha: 07-Nov-2013
I.2. Respuesta a la acción
Corrida en traslado la acción mediante decreto de 1 de octubre de 2013 (fs. 50), Karem Zulema Vidal Justiniano, en representación del Consejo de la Magistratura, por escrito interpuesto el 14 del mismo mes y año (fs. 56 a 58), respondió con el siguiente fundamento: Los accionantes no expresan los motivos por los cuáles se considera que la disposición cuestionada es contraria a la Constitución Política del Estado; de manera que, no existe una adecuada fundamentación jurídico-constitucional que determine una duda razonable; no hacen referencia a la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión que se adoptará en el proceso disciplinario.
- Jueza Tercera Disciplinaria de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Cochabamba
- …Cuando un funcionario sobrepase los 120 minutos de atraso en el mes, será sometido al proceso disciplinario correspondiente por constituir su conducta una contravención administrativo-disciplinaria, al margen del descuento proporcional al tiempo no trabajado
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto
- RATIFICAR