AUTO CONSTITUCIONAL 0468/2013-CA
Fecha: 27-Nov-2013
II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto
En el caso de autos, de la revisión del memorial de la acción se evidencia una insuficiente fundamentación jurídico - constitucional, dado que los accionantes no explican en forma clara en qué consiste la inconstitucionalidad demandada o las razones que conducen al cuestionamiento de la norma impugnada, limitándose a señalar que es contraria al derecho a la propiedad estipulado en el art. 56 de la CPE y que por imperio del art. 108 concordante con el art. 410 y 256 de la Ley Fundamental, el Estado tiene la obligación de protegerlo; de manera que, no se aprecia una adecuada duda razonable sobre la inconstitucionalidad del art. 561.II del CC.
Es menester hacer referencia que el art. 79 del referido Código exige que la acción de inconstitucionalidad concreta deba proceder en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad del precepto contra la que se promueve la misma. Empero, en el caso concreto no se fundamenta en qué medida la disposición cuestionada tiene vínculo directo o relevancia constitucional con la decisión a asumirse dentro del proceso sumario señalado; consecuentemente, en este aspecto tampoco se observó la referida condición para la admisión.
- Jueza Quinto de Instrucción en lo Civil del departamento de Chuquisaca
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”
- II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada”
- RATIFICAR