Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1243/2013-L
Fecha: 19-Nov-2013
II.3.
II.3. El SENASIR interpuso recurso de casación en el fondo y en la forma, por cuanto se habría realizado una errónea interpretación de la ley en el pronunciamiento del Auto de Vista 356, dicho escrito fue presentado el 27 de octubre de 2009 a horas 9:49:3 según el timbre electrónico otorgado en plataforma (fs. 9 a 11).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- concede parcialmente
- I.3. Consideraciones de sala
- I.4. Tramite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- La Acción de Amparo Constitucional podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
- III.2. Plazo para interponer recurso de casación en materia social
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR