Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1243/2013-L
Fecha: 19-Nov-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la defensa, por cuanto las autoridades ahora demandadas, mediante Auto Supremo 58 declararon improcedente el recurso de casación interpuesto por el SENASIR, arguyendo que fue presentado fuera de plazo, sin tomar en cuenta el timbre electrónico.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- concede parcialmente
- I.3. Consideraciones de sala
- I.4. Tramite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- La Acción de Amparo Constitucional podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
- III.2. Plazo para interponer recurso de casación en materia social
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR