Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1946/2013
Fecha: 04-Nov-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Mediante la activación de la presente acción, se pone en cuestionamiento la constitucionalidad del art. 37.IV.2 de la LGCO, cuyo texto es, a juicio del accionante, vulneratorio a los derechos establecidos en los arts. 8.II, 9, 13.IV 14.I, II y III , 51.I y III, 256.I y II y 410.II de la CPE, lo que impele a este Tribunal, a desarrollar un exhaustivo examen de constitucionalidad a fin de lograr los suficientes elementos argumentativos que sirvan para determinar si la demanda es admisible a la luz de los principios y disposiciones constitucionales.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- a)
- admitió
- i)
- II.2. Normas constitucionales consideradas infringidas
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El cooperativismo en el sistema jurídico boliviano
- III.2. La dimensión democrática del Estado boliviano y la intervención del “amigo de la corte” (amicus curiae) en acciones de
- III.3. Test de constitucionalidad
- III.4.Otra consideración
- CONSTITUCIONALIDAD