SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1979/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1979/2013

Fecha: 04-Nov-2013

III.3.  Análisis del caso concreto

La línea jurisprudencial señalada precedentemente, corresponde ser aplicada al presente caso, teniendo en cuenta que el accionante a través de esta acción tutelar, denuncia que la Jueza demandada, mediante la Resolución 381/2013, rechazó la cesación de su detención preventiva, con el argumento de la modificación efectuada al art. 271 del CPP a través de la Ley 348, a pesar de que el certificado médico forense determinó doce días de impedimento; extremo que a su criterio, vulneró su derecho a la libertad.

De los antecedentes del proceso, se ha establecido que el accionante se encuentra privado de libertad por disposición del Juez cautelar, a través del Auto Interlocutorio 334/2013 de 23 de junio, quien dispuso su detención preventiva, como consecuencia de una imputación formal efectuada por el Fiscal de materia, por la presunta comisión del delito de lesiones gravísimas, tipificado en el art. “271.5” del CP, modificado por la Ley 348, evidenciándose que actualmente el referido proceso se encuentra bajo el control jurisdiccional del Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz.