Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2011/2013
Fecha: 13-Nov-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
La Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, “de manera ilegal e indebida ha generado una retardación indebida e injustificada en mi derecho a la libertad, generando procedimientos que la Ley no dispone, pese a haberse cumplido con lo establecido por la Ley 1008 y el Cod. de Pdto. Penal, violando mi derecho a la libertad, la garantía del debido proceso, el principio de legalidad, la igualdad procesal, de seguridad jurídica, generando un arbitrario e indebida detención en mi contra” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1.De la acción de libertad
- 1)
- III.3
- III.4
- CONFIRMAR