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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2131/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2131/2013

    Fecha: 21-Nov-2013

    conceder

    En consecuencia, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del art. 128 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al conceder la acción de amparo constitucional respecto al derecho de petición y denegar con relación al debido proceso, efectuó una correcta compulsa de los antecedentes procesales y aplicación al citado precepto constitucional.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3. Derecho a la petición
    • III.4.   Análisis del caso concreto
    • Actuación del Fiscal Departamental
    • conceder
    • CONFIRMAR

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