Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2158/2013
Fecha: 21-Nov-2013
II.2.
II.2. El accionante a través de memorial sin fecha (fs. 2 a 4) hizo conocer a la Fiscal de Materia adscrita a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de los Tusequis -demandada-, que planteó excepción de incompetencia en razón de materia el 7 de marzo de 2013, solicitando deje sin efecto cualquier diligencia de citación y/o notificación en tanto se resuelva la excepción planteada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 6
- III.1. Jurisprudencia reiterada: La persecución ilegal o indebida objeto de protección de la acción de libertad preventiva y restringida
- a) Acción de libertad preventiva.
- b) Acción de libertad restringida.
- III.2. Línea jurisprudencial consolidada: Subsidiariedad excepcional que rige la acción de libertad son aplicables cuando se denuncia persecución indebida o ilegal cometidas por autoridades fiscales o policiales
- III.3.
- CONFIRMAR