Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2162/2013
Fecha: 21-Nov-2013
II.6.
II.6. Por decreto de 18 de julio de 2013, la Jueza demandada, para considerar el requerimiento conclusivo de procedimiento abreviado, señaló nuevo día y hora de audiencia para el 22 de agosto del mismo año, disponiendo que la víctima sea notificada con el requerimiento conclusivo y “…el presente proveído mediante publicación edictal…” (sic) (fs. 39).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Protección en esta vía cuando el acto que vulnera el debido proceso sea la causa directa de la supresión o restricción del derecho a la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR