Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0291/2013-RCA
Fecha: 19-Dic-2013
b)
b) Indicó los nombres y el lugar donde pueden ser notificados los demandados, manifestando que dirigen su acción contra Delma Miranda Arancibia y José Antonio Revilla Martínez, Vocales de la Sala Civil, Comercial y de Familia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; Sandra Gladys Aldayuz Aviles, Jueza Segunda de Partido de Familia de ese Departamento (fs. 38)
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
- II.2. Análisis del caso en revisión
- b)
- g)