AUTO CONSTITUCIONAL 0291/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0291/2013-RCA

Fecha: 19-Dic-2013

improcedencia

La Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Resolución 581/2013 de 19 de noviembre, cursante a fs. 44 y vta., declaró la  improcedencia de la acción de amparo constitucional, con el siguiente fundamento: El proceso ordinario de divorcio seguido a instancia de la accionante contra Celín Saavedra Bejarano, se encuentra en etapa de conclusión; por cuanto, la modificación de la guarda de los menores es de carácter provisional, misma que se definirá en sentencia, aspecto que impide ingresar al análisis de fondo de la acción, pues existe el medio o recurso ordinario que pudiere revisar, modificar o revocar la supresión de las garantías alegadas.