Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0291/2013-RCA
Fecha: 19-Dic-2013
Fragmento 1
En revisión la Resolución 581/2013 de 19 de noviembre, cursante a fs. 44 y vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Clotilde Reyes Liceras contra Delma Miranda Arancibia y José Antonio Revilla Martínez, Vocales de la Sala Civil, Comercial y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y, Sandra Gladys Aldayuz Avilés, Jueza Segunda de Partido de Familia del mismo Departamento.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
- II.2. Análisis del caso en revisión
- b)
- g)