AUTO CONSTITUCIONAL 0482/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0482/2013-CA

Fecha: 05-Dic-2013

también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de           la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada

Al respecto, el AC 0312/2012-CA de 9 de abril, determina: “…La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial, pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas (…) también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de           la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada”; en consecuencia, la inobservancia de estos requisitos hace inviable el ejercicio de un verdadero control de constitucionalidad y determina el rechazo del recurso” (las negrillas son ilustrativas).