Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0508/2013-CA
Fecha: 17-Dic-2013
Fragmento 6
Dentro del caso en análisis, se tiene que la recurrente demanda la nulidad de la Resolución 020/2013 (fs. 3 a 8.), pronunciada por la autoridad judicial recurrida, dentro del proceso sobre reconocimiento de unión conyugal libre o de hecho seguido contra José Luna Flores, aduciendo que este fallo fue emitido fuera del plazo de veinte días que otorga el ordenamiento jurídico para la emisión de esta clase de determinaciones; en consecuencia, la misma es nula.
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.3. Petitorio
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- Fragmento 4
- II.2. El recurso directo de nulidad no procede contra resoluciones dictadas por las autoridades judiciales, excepto cuando hubieran sido dictadas después de haber cesado o suspendidas en el ejercicio de sus funciones a causa de un proceso administrativo disciplinario en su contra
- Fragmento 6
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 8