Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2211/2013
Fecha: 16-Dic-2013
II.3.
II.3. El accionante solicitó la cesación de su detención preventiva que le fue concedida por Resolución 20/2013 de 25 de marzo, imponiéndole en su sustitución, detención domiciliaria y además de otras medidas la prohibición de comunicarse con terceras personas que estén ligadas al caso, complementando dicha resolución que se le otorga el permiso de horas 06:00 a 22:00 para ejercer sus funciones laborales, resolución confirmada en apelación por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs. 19 a 23 vta.; 25 a 26 ).