SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2222/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2222/2013

Fecha: 16-Dic-2013

a)

a) La accionante tiene denuncia por lesiones graves, leves y amenazas, comunicándose en su momento el inicio de la investigación a la autoridad jurisdiccional; b) Fue citada el 18 de febrero de 2013, para prestar declaración informativa policial, en la que se hizo constar que se negó a firmar, por lo que la denunciante solicitó orden de aprehensión conforme el art. 224 del Código de Procedimiento Penal (CPP), a lo que la Fiscal de entonces, ordenó que previamente se eleve informe del investigador asignado al caso, quien emitió nueva citación para el 5 de marzo del citado año, oportunidad en que no fue encontrada en su domicilio, por lo que se fijó la diligencia de notificación en su domicilio, pero tampoco se hizo presente, por ello el Fiscal, previo informe, emitió una orden de aprehensión fundamentada el 18 de marzo del referido año, que hasta el presente estaba vigente debido a que no tenía día y hora de expiración; c) El 7 de agosto de 2013, la accionante se apersonó a la Fiscalía, donde su autoridad ordenó se ejecute el mandamiento de aprehensión, con el objetivo de que se tome su declaración informativa policial, acorde al decreto de 8 del mismo mes y año a horas. 15:00; y d) Conforme a procedimiento, se tomó su declaración dentro de las veinticuatro horas y se la puso a disposición de la autoridad jurisdiccional, encontrándose en libertad.