SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2222/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2222/2013

Fecha: 16-Dic-2013

Fragmento 19

           De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece que presentada la querella contra la accionante por la presunta comisión de los delitos de lesiones graves, leves y amenazas; el Fiscal de Materia, Efraín Pablo Huanca Quispe, el 6 de febrero de 2013, informó al Juez de Instrucción de turno en lo Penal de El Alto, sobre el inicio de la investigación. Asimismo, se evidencia haberse expedido orden de aprehensión de 18 de marzo del mismo año, contra la indicada, a objeto de que preste su declaración, determinación que habría sido motivada por su “desobediencia manifiesta” y al amparo del art. 224 del CPP, habiendo sido ejecutada dicha orden, de acuerdo a lo señalado en el memorial de acción de libertad, el 7 de agosto de 2013, por una funcionaria policial, reclamando la accionante que no se habrían considerado los memoriales a través de los cuales se presentó voluntariamente. Cursa asimismo en antecedentes, que la indicada fecha, el Fiscal de Materia, ahora demandado, luego de que la accionante prestara su declaración, puso a la misma a disposición del Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto.