Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0038/2013-RCA
Fecha: 25-Feb-2013
I.2.
El accionante estima que fueron vulnerados sus derechos al debido proceso, al acceso a la justicia, a una efectiva tutela jurisdiccional, a no ser condenado sin haber sido oído y juzgado previamente en un debido proceso, a la defensa e igualdad, a la impugnación e instancia plural, a la primacía de la defensa e igualdad procesal, a obtener motivación de las resoluciones e instancia, a la primacía constitucional y a la jerarquía normativa, citando al efecto los arts. 115.II, 116.I, 117.I, 119.I y II, 180.II y 410 de la CPE.