AUTO CONSTITUCIONAL 014/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 014/2013-RCA-SL

Fecha: 06-Feb-2013

o medidas de hecho, que merecen protección inmediata

De acuerdo al desarrollo de la jurisprudencia constitucional, la acción de amparo procede excepcionalmente sin observar su naturaleza subsidiaria, cuando se advierta la lesión a los derechos o garantías constitucionales invocadas, ante un daño irreparable e irremediable como consecuencia de las vías o medidas de hecho, que merecen protección inmediata.